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La Defensoría creó el observatorio de defensa de consumidores y usuarios

viernes, 12 de marzo de 2010

Con el fin de constatar el cumplimiento de las normas que protegen a los consumidores y usuarios en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires, la Adjuntía Nº4 conjuntamente con el Área de Derechos de Consumidores, Usuarios y Administrados de este organismo, dispusieron efectuar, en primer término, el seguimiento de los institutos contemplados en la Ley 757 de la C.A.B.A., sobre Trato Digno y Daño Directo, en la Ley 2963 de la C.A.B.A. en relación a la implementación de los Tribunales Arbítrales de Consumo, en la Ley 2792 de la C.A.B.A. sobre la difusión del PMO por parte de las empresas de Medicina Prepaga a cada uno de sus beneficiarios y la obligación del G.C.B.A. de publicarlo en su sitio web, en la Ley 2184 de la C.A.B.A. vinculada a la Actuación 1221/09, sobre Telefonía Celular-Notificación de Alta del Servicio y, finalmente, en la Ley 2475 de la C.A.B.A. vinculada a la Actuación 4334/08, sobre Servicios de Atención Telefónica con Operadores para Empresas de Servicios.

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