NUESTROS AMIGOS

Visita al Hospital Fernandez

miércoles, 23 de diciembre de 2009

En el marco del Programa de Adicciones se efectuó una reunión con su director, Dr. José A. Lanés y el responsable de la Unidad de Toxicología de ese nosocomio y Prof. Titular de la 1ra. Cátedra de Toxicología de la Facultad de Medicina de la UBA, Dr. Carlos F. Damin, a los efectos de analizar la reciente solicitud que presentó esta Adjuntía ante el G.C.B.A., con el objeto de que se lleven a cabo las obras de infraestructura para la sala de internación de pacientes con problemas de adicciones y la ampliación de la dotación de recursos humanos correspondientes. Una vez finalizada, se realizó un recorrido por las instalaciones destinadas al fin descripto.

Fallo contra el Hospital Británico por la cobertura de las adicciones

miércoles, 16 de diciembre de 2009

La justicia porteña de apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires confirmó la sanción de Defensa del Consumidor contra la prepaga del Hospital Británico por interrumpir de modo intespectivo e inmotivado la cobertura medica de un afiliado, lo que resultó grave para su salud. En tal sentido, debió pagar una multa de $5.000 (Pesos cinco mil).




Se trato de un menor que estuvo internado más de dos años en la “Fundación Proyecto de Vida”. En el año 2005 la D.G.D.P.C. (Dirección General de Defensa del Consumidor) multó a la empresa por una infracción al Art. 19 de la Ley 24.240, de Defensa del Consumidor, la cual norma sobre las Modalidades de Prestación de Servicios cuando especifica que “… quienes presten servicios de cualquier naturaleza están obligados a respetar los términos, plazos, condiciones, modalidades, reservas y demás circunstancias conforme a las cuales hayan sido ofrecidos, publicitados o convenidos…”



La decisión de la Justicia fue apelada por la empresa de medicina prepaga, al entender que no estaba obligada a brindar dicha cobertura. Pero la Justicia respondió haciéndole recordar que según la Ley 24.555, “… todas las obras sociales deben incorporar como prestaciones obligatorias, entre otras, la cobertura para los programas de prevención del SIDA y la drogadicción …”, por lo que rechazó su pedido de apelación.



Si bien no interrumpió totalmente la prestación, la prepaga solo quería solventar el 50% del tratamiento del adicto, cuando su deber es cubrirlo en un 100%.

Fallo contra el Gobierno de la ciudad por las adicciones

lunes, 14 de diciembre de 2009


Este fallo condena al Gobierno de la ciudad a cesar en su omisión de asistir adecuadamente a aquellas personas menores de edad con adicción a las drogas, especialmente al consumo de “paco”, los cuales necesitan interacción voluntaria o coactiva.



La Sra. Jueza de grado dictó sentencia, hizo lugar a la acción de amparo y en consecuencia, condenó al Gobierno de la ciudad para que en 90 días garantice el derecho a la salud de las niñas, niños y adolescentes de la ciudad de Buenos Aires con adicción al “paco”.



También a realizar acciones positivas y proceder al dictado de las normas necesarias para el establecimiento de lugares destinados a la prevención y tratamiento del flagelo, ya sea ambulatorio o de internación. Asimismo, se refirió a los efectos nocivos que genera dicha sustancia en la salud física y metal.



A su vez recordó Leyes, normas, y decretos que garantizan el derecho a la salud integral como las siguientes:



Reforma de la constitución Nacional de 1994. Esta incorporó tratados internacionales que garantizan el derecho a la vida y a la salud entre los cuales está el pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Art. 12).

Constitución porteña. En su libro primero, título segundo, las denominaciones Políticas Especiales garantizan el Derecho a una salud integral y hace hincapié en que el gasto público en la materia es una inversión social prioritaria a través del área de Salud.

Ley 2.318. Regula la prevención y asistencia del consumo de sustancias psicoactivas y de otras practicas de riesgo adictivo en el ámbito de la ciudad. También en su Art. 4 dispone la implementación de un plan integral permanente para disminuir situaciones que promueven el consumo de sustancias psicoactivas y de otras índoles. Además de que haga posible la formación de centros de emergencia social que funcionen como espacios de integración y recuperación de consumidores de sustancias psicoactivas de alta capacidad adictiva.

Decreto 1681/07. Por medio del cual se creó el programa interministerial de proyectos especiales para la atención integral del consumo y dependencia de la pasta base de cocaína. Esta norma reconoce el efecto producido por el “paco” de alta nocividad y adicción, que afecta a los sectores más comprometidos, y que poco a poco se empezaban a incorporar a otros sectores de la sociedad, como los sectores medios.



A pesar de que el Gobierno de la ciudad calificó a la demanda de genérica e indeterminada, por no indicar las normas que se encontrarían incumplidas, la jueza advirtió la existencia de un deber Estatal incumplido y que debe actuar en consecuencia.



Concluyó que la tarea de prevención por parte del Gobierno es una importante falacia, dado el creciente consumo que se registra a partir de la información periodística que recoge estadísticas efectuadas, sobre todo a nivel nacional, ya que no se poseen datos estadísticos o técnicos que den cuenta de la población afectada por el consumo de “paco” en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires, y en consecuencia, poder planificar las medidas a implementadas.



Manifestó también que los centros de rehabilitación “La otra base del Encuentro” y “Casa Puerto” son insuficientes y que no se adecuan a una política pública diagramada.



El Gobierno de la ciudad apeló y fundó la demanda a través de un informe de la Dirección General de la Niñez y Adolescencia, que aludió a la caída de la convertibilidad y la pérdida de un mercado que parecía equilibrado, cuestión que impactó en el tráfico y consumo de sustancias psicoactivas ilícitas. En tal sentido, la crisis económica encareció la producción ilegal de clorhidrato de cocaína (cocaína pura) y posibilitó el surgimiento en el mercado de las drogas de sustancias de escaso valor como el “paco”, muy accesibles dado su bajo costo en una coyuntura signada por la agudeza de la exclusión social.



En síntesis, el Tribunal de Justicia de la ciudad, resolvió que el Gobierno de la ciudad comience a ejecutar medidas al respecto, en un plazo de 90 días. Por lo demás, decidió rechazar el recurso articulado por la demanda.

Cursos de capacitación oficios

Uno de los abordajes para la prevención de adicciones debe ser sin lugar a dudas el mejoramiento de las condiciones de vida de las personas que sufren esta problemática. Si hay menos situaciones de conflicto individual y grupal habrá menos demanda de drogas.

Por eso desde la Defensoría del Pueblo acordamos con el área no formal del Ministerio de Educación del G.C.B.A., la realización de cursos y talleres gratuitos con la intención de brindarles a los que tienen la problemática, la posibilidad de una salida laboral mediante la capacitación en oficios.

Por otro lado, es bueno destacar que de igual manera se está conversando con las autoridades del área de Deportes, pero con el objeto de que se puedan desarrollar actividades físicas.

Los cursos y talleres disponibles son: Accesorios de la moda, Adm. De consorcios de Prop. Horizontal, Albañilería Básica, Animación comunitaria en Dep. y recreación, Apoyo Escolar Primario, Arte Francés, Artesanía en cuero, Artesanías en batik, Artesanías en Cerámicas, Auxiliar Contable, Ayudante de cocina (modulo I y II), Bijouterie, Blanquería, Bordado y Recamado, Bordados en cinta, Calzado artesanal, Carpintería básica, Cerrajería domiciliaria, Chocolatería, Cine y Literatura, Cocina básica, Cocina fría, Cocina fría, Cocina internacional, Cocina Naturista, Coktelería, Comercialización y ventas, Consultor inmobiliario, Construcción de Hornos Solares, Construcción de Instrumentos Musicales, Coordinación y Movimiento, Coro, Corte y Confección (modulo I), Costura básica, Costura y Moldería, Crochet, Danza Contemporánea, Decoración artesanal de Tortas (mod I), Decoración en Mosaico, Depilación, Dibujo y pintura, Diseño gráfico e iluminación digital, Documentos y trámites de automotor, Elaboración de Guiones, Electricidad Básica, Elementos para el diseño de balc. y jard., Encaje de Bolillos, Energía solar, Especialista en Trat. Estéticos faciales, Expresión Corporal, Folklore, Fotografía, Fútbol, Gasista instalador 2da. Categoría, Géneros Cinematográficos, Gimnasia, Gimnasia Localizadora-modeladora, Gimnasia recreativa, Grandes directores, Guitarra, Handball, Herrería de obra, Huerta, Informática Básica, Inglés básico, Instalaciones domiciliarias de alarmas, Instructora de Tango y Danza, Instructora de Yoga, Instructorado de historia del Tango, Jardinería, Lectura crítica de los Medios, Liquidación de Sueld. de Enc de edificios R y H, Liquidación de sueldos y Jornales, Macrame, Manicuría, Manualidades mixtas, Maquillaje artístico, Maquillaje Social (mod I), Marquería, Mozos y camareros, Musicoterapia, Oratoria, Panadería artesanal, Pastelería, Pátinas, Peluquería de damas, Plástica, Plomero instalador, Portugués básico, Reciclado de prendas, Regalería, Repostero/a, restauración de pintura de caballete, Ritmos latinos, Serigrafía básica, Taller de cine documental, Taller de comunicación, Taller de cooperativismo, Taller de dragones, Taller de flamenco, Taller de microemprendimientos, Taller de narración, Taller de radio, Taller literario, Taller modul. De autogest. Laboral – MKT, Talleres abiertos a la comunidad, danza, Tapices, Teatro, Tejido, Tejidos a dos agujas, Telar, Uñas esculpidas, Video realización, Vitreaux y Yoga.


PARA CUALQUIER CONSULTA COMUNICARSE AL 4338-4900 AL INTERNO 7545 DE LUNES A VIERNES DE 10:00 HS A 17:00 HS.